Auditoría Exprés del SAT: 24 días para probar que tu operación es real

Feb 6, 2026

La Reforma Fiscal para 2026 introduce una de las modificaciones más relevantes de los últimos años en materia de fiscalización: una nueva facultad de comprobación del SAT, recientemente explicada por la PRODECON, cuyo objetivo central es verificar que los CFDI amparen operaciones reales, existentes y jurídicamente válidas.

Esta facultad no es menor. Marca un cambio de enfoque: el SAT deja de concentrarse exclusivamente en la forma del comprobante y se centra directamente en la sustancia económica y jurídica de las operaciones.

¿En qué consiste esta nueva facultad?

De conformidad con los artículos 29-A, fracción IX; 42, fracción V, inciso g); y 49 Bis del Código Fiscal de la Federación, el SAT podrá llevar a cabo una visita domiciliaria específica para comprobar que los CFDI emitidos:

  • Corresponden a operaciones efectivamente realizadas
  • Derivan de actos jurídicos reales
  • Reflejan materialidad, capacidad operativa y sustancia económica

Esta facultad entra en vigor a partir del 1 de enero de 2026.

Características clave de la visita de comprobación

Esta nueva revisión tiene particularidades que todo contribuyente debe conocer:

Duración limitada

  • La visita tendrá una duración máxima de 24 días hábiles.
  • Es una facultad única, no recurrente sobre el mismo periodo y hechos.

Plazo corto de defensa

  • El contribuyente contará únicamente con 5 días hábiles para desvirtuar las observaciones de la autoridad, ya sea:
  • Durante la diligencia, o
  • Dentro del plazo posterior legalmente otorgado.

Suspensión inmediata de CFDI

  • Desde la notificación de la orden de visita, el SAT podrá suspender la emisión de CFDI, hasta que se emita la resolución final.

Uso de herramientas tecnológicas

Los visitadores podrán:

  • Tomar fotografías
  • Grabar audio y video
  • Todo el procedimiento podrá documentarse digitalmente.

Acta circunstanciada

  • Se levantará un acta con:
  • Hechos observados
  • Irregularidades detectadas
  • Manifestaciones del contribuyente

Consecuencias si no se desvirtúa la presunción

Una vez concluido el periodo probatorio, el SAT contará con 15 días hábiles para emitir resolución. Si el contribuyente no logra desvirtuar la presunción de falsedad:

  • Los CFDI se considerarán falsos para todos los efectos legales
  • Las operaciones se tendrán por no realizadas
  • No producirán efectos fiscales
  • Podrá cancelarse el Certificado de Sello Digital (CSD)
  • El nombre y RFC del contribuyente podrán publicarse:
  • En el portal del SAT
  • En el Diario Oficial de la Federación (DOF)

Esto impacta directamente también a clientes, proveedores y receptores de los CFDI, quienes deberán revertir los efectos fiscales aplicados.

El verdadero mensaje del SAT: ya no basta facturar

El fondo de esta reforma es claro:

El SAT ya no fiscaliza solo papeles; fiscaliza realidades.

Emitir CFDI correctos en forma ya no es suficiente si no existe:

  • Capacidad operativa
  • Evidencia documental
  • Personal, activos, procesos
  • Contratos ejecutables
  • Sustancia económica demostrable

¿Cómo prepararse ante esta nueva facultad?

En AS Consulting Group, recomendamos un enfoque preventivo inmediato:

Diagnóstico de materialidad

Revisar si las operaciones cuentan con:

  • Evidencia operativa real
  • Documentación legal y comercial sólida
  • Coherencia entre CFDI, contabilidad y operación

Auditoría de CFDI y procesos

Identificar riesgos en:

  • Servicios recurrentes
  • Operaciones con partes relacionadas
  • Esquemas de subcontratación
  • Operaciones internacionales

Protocolos de atención a visitas

Definir:

  • Responsables
  • Documentación disponible
  • Respuesta coordinada ante la autoridad

La Reforma Fiscal 2026 inaugura una fiscalización más corta, más directa y más severa.

El margen de reacción es mínimo. El costo de no prepararse puede ser operativamente crítico.

En 2026, la pregunta clave ya no es: “¿Mi CFDI está bien emitido?”

Sino: “¿Puedo probar, hoy mismo, que mi operación es real?”

En AS Consulting Group estamos listos para acompañarte en ese proceso.

Para obtener más información sobre este asunto, póngase en contacto con:

Firmas Luis Javier Arreguín Sánchez 1


Somos AS Consulting Group (ASCG), firma mexicana con operación desde 1991 especializada en brindar servicios integrales “todo en uno” para empresas nacionales y extranjeras en México, incluyendo contabilidad, asesoría fiscal, legal, laboral, nómina, facturación electrónica, sustentabilidad, desarrollo tecnológico, diseño inmobiliario y arquitectura, cumplimiento regulatorio, inversión extranjera y consultoría empresarial. Nuestro enfoque permite a los clientes centralizar sus necesidades profesionales en un solo equipo, asegurando cumplimiento, control y crecimiento sostenible de sus operaciones. ASCG es firma miembro de SMS Latinoamérica, red internacional de firmas profesionales con presencia en más de 21 países. Las firmas miembro de SMS Latinoamérica son entidades legales independientes que operan bajo sus propias regulaciones locales. SMS Latinoamérica no presta servicios directamente ni asume responsabilidad por los actos u omisiones de sus firmas miembro.

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