Boletín Fiscal Marzo 2023

Apr 5, 2023

BOLETÍN DE NOVEDADES FISCALES

Novedades Marzo 2023

A continuación, se describen las novedades publicadas por los distintos organismos de los países Colombia, México y Perú, durante el mes de marzo de 2023.

1. Facturación (Comprobantes Fiscales Digitales): Los contribuyentes que emiten CFDI de nómina estarán obligados a expedirlos en su versión 4.0, a partir del 1o. de julio de 2023. Las personas físicas que tributen en el régimen simplificado de confianza (RESICO) deberán contar con e.firma y buzón tributario, con medios de contacto actualizados, a partir del 1o. de julio de 2023.

https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-da-a-conocer-prorrogas-para-el-cumplimiento-de-las-obligaciones-fiscales-011-2023

2. Cobranza • (Sin cambios)

__3. Pagos a Proveedores: __ • (Sin cambios)

4. Retenciones a Nivel Nacional: • (Sin cambios)

5. Percepciones a Nivel Nacional: • (Sin Cambios)

6. Impuesto al Valor Agregado (IVA): • (Sin Cambios)

7. Otras Declaraciones juradas informativas: • (Sin Cambios)

8. Otras novedades fiscales:

Resolución de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2023

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer el 03 de marzo de 2023, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2023.

La citada resolución contiene facilidades administrativas y de comprobación, a fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, aplicable a los siguientes sectores de contribuyentes:

• Sector primario. • Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal. • Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo. • Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5681556&fecha=03/03/2023# gsc.tab=0

Segunda Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer el 24 de marzo del 2023, en su página de internet, la Segunda Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, que contempla el tema de la “Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos”, que establece que los asignatarios podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes a los meses que se indican, conforme a lo siguiente:

I.- Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de diciembre de 2022, a más tardar el 28 de febrero de 2023.

II.- Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de enero de 2023, a más tardar el 31 de marzo de 2023.

III.- Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de febrero de 2023, a más tardar el 28 de abril de 2023.

https://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2023/03/ANEXO-NOTICIAS-FISCALES- 2023-073.pdf

Pensión de viudez

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), dio a conocer el 24 de marzo de 2023, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se derogan las fracciones II y III del artículo 132 de la Ley del Seguro Social, y las fracciones II y III del artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que contemplaban dos supuestos por los cuales no se generaba el derecho a obtener la pensión de viudez, a saber:

Cuando se hubiese contraído matrimonio con el asegurado después de haber cumplido éste los cincuenta y cinco años, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del enlace, y Cuando al contraer matrimonio el asegurado recibía una pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, a menos de que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio.

https://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2023/03/ANEXO-NOTICIAS-FISCALES- 2023-075.pdf

Ganancia y pérdida cambiaria estén dentro de los límites permitido

Las operaciones celebradas en moneda extranjera están sujetas a variaciones en su equivalencia en moneda nacional debido al cambio en el valor de las divisas. Esta variación de los valores a través del tiempo es la fluctuación cambiaria.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/19196

Aportaciones para futuros aumentos de capital en el Ajuste Inflacionario

Las aportaciones para futuros aumentos de capital son un concepto que, según las características del caso particular, pueden considerarse pasivo, ingreso o capital. Según el carácter que tengan, será el efecto que tendrá en el cálculo del Ajuste Anual por Inflación.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/19178

Maternidad

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), dio a conocer el 24 de marzo de 2023, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se adicionan los artículos 101 y 102 Bis a la Ley del Seguro Social, que contemplan temas de subsidio en dinero para casos de incapacidad por maternidad y transferencia de semanas de descanso previas al parto.

En el caso de transferencia de semanas previas, a solicitud expresa de la asegurada, con la previa autorización escrita del médico del Instituto o, en su caso, del médico externo que lleve el control y vigilancia prenatal, y tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrán transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo.

https://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2023/03/ANEXO-NOTICIAS-FISCALES- 2023-074.pdf

Buzón del IMSS

No existe una entidad u organismo tributario que pueda fiscalizar a la totalidad de sus contribuyentes o sujetos obligados, por esta razón uno de los objetivos principales del Seguro Social es promover el cumplimiento voluntario patronal, así lo señaló María Juana Ramírez Ortega, titular de la Unidad de Servicios Estratégicos del IMSS.

Ofrecerá a los patrones el acceso los siguientes trámites o servicios, mediante el empleo de la firma electrónica del SAT:

*celebración de convenio de pago en parcialidades o a plazos, y solicitud de: suspensión del Procedimiento Administrativo de Ejecución desbloqueo de cuentas, y condonación de multas.

https://idconline.mx/seguridad-social/2023/02/27/preparese-el-buzon-imss-sera- obligatorio

Grandes contribuyentes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer el 21 de marzo del 2023, en su página de internet a través de comunicado de prensa la Octava publicación de tasas efectivas de impuesto sobre la renta de Grandes Contribuyentes (ejercicios 2020 y 2021).

Como resultado de procesos de análisis realizados al interior del SAT, en términos del artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i) del Código Fiscal de la Federación vigente, se dan a conocer en el Portal del SAT sat.gob.mx los parámetros de referencia con respecto a las tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a cuarenta actividades económicas para los ejercicios fiscales 2020 y 2021 sobre el padrón de grandes contribuyentes. Lo anterior, con base en la información disponible en las bases de datos institucionales consistentes en declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de contribuyentes, declaraciones informativas, comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), pedimentos, entre otros.

https://www.gob.mx/sat/prensa/octava-publicacion-de-tasas-efectivas-de-impuesto-sobre-la-renta-de-grandes-contribuyentes-ejercicios-2020-y-2021-010-2023

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