Boletín Informativo Marzo 2025

Boletín Informativo Marzo 2025

Mar 21, 2025

PAGOS PROVISIONALES O DEFINITIVOS

Los pagos provisionales o definitivos deben efectuarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago. Sin embargo, el plazo puede extenderse para algunos contribuyentes dependiendo del sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), de acuerdo con el Artículo 5.1 del "Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa" publicado el 26 de diciembre de 2013:

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DECLARACIÓN INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TERCEROS

Informar sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores a más tardar el mes inmediato posterior al que corresponda el período: La informativa se debe declarar a más tardar el 31 de marzo de 2025

NUEVO PORTAL DEL SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha renovado su portal, y en su primera etapa, se compromete a mejorar la experiencia de los contribuyentes mediante una navegación más intuitiva y accesible, con el objetivo de reducir los pasos necesarios para realizar los trámites correspondientes.

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NUEVO APLICATIVO PARA LA DIOT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes una nueva plataforma para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, conocida como DIOT.

El cambio más relevante consiste en el incremento en el número de campos de información, pasando de 25 a 54. Esta modificación obligará a los contribuyentes a realizar un análisis más exhaustivo respecto a la información que deben reportar en relación con los actos o actividades sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Es importante destacar que, en el nuevo aplicativo, será necesario desglosar detalladamente las operaciones según su clasificación en actos gravados, exentos y no objeto del impuesto

Asimismo, se reitera que la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) debe ser presentada mediante la Firma Electrónica (FIEL) del contribuyente. Por ello, es fundamental contar con los archivos correspondientes actualizados. En caso de tener dudas sobre su vigencia, le solicitamos amablemente que se comunique con nosotros.

No obstante, lo que inicialmente se consideró una mejora ha derivado en un problema: errores técnicos, falta de claridad en los nuevos formatos y un plazo incorrecto en la plataforma podrían tener un impacto negativo en miles de contribuyentes.

El 28 de febrero, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la inclusión de un artículo transitorio en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, con el propósito de establecer que aquellos contribuyentes que no hayan podido presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros en el mes de febrero, podrán hacerlo a más tardar el 15 de marzo de 2025.

Además de la DIOT, la nueva plataforma del SAT contempla la presentación de otras declaraciones informativas, entre ellas:

- DIEMSE: Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación - Forma 81: Declaración informativa de operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero - Forma 63: Declaración Informativa de las Entidades Extranjeras sujetas a Regímenes Fiscales Preferentes - Formato 76: Declaración Informativa de Operaciones Relevantes - DECLARACION ANUAL PERSONAS MORALES 2025

La Declaración Anual es un trámite obligatorio para personas físicas y morales en México, mediante el cual se informa al SAT sobre ingresos, deducciones y retenciones realizadas durante el ejercicio fiscal. Este proceso no solo permite cumplir con las obligaciones fiscales, sino también identificar si tienes impuestos a pagar o saldos a favor. Las empresas deben presentar su declaración anual, que corresponde al ejercicio fiscal del 2024, antes del 31 de marzo.

Fechas de presentación

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Cabe recordar que se encuentra disponible información previamente cargada, como:

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Para realizar el envío exitoso es indispensable contar con Firma electrónica activa (e.firma) Para las personas fiscas el plazo legal para presentar la Declaración Anual es del 1 de abril al 30 de abril de 2025.

Aprobación de la reforma a la Ley del Infonavit

El 13 de febrero de 2025, la Cámara de Senadores aprobó la reforma a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), que establece diversas modificaciones las que destacan:

  • Créditos Se establece la posibilidad de otorgar créditos a trabajadores con ingresos inferiores a dos salarios mínimos.
  • Nueva obligación patronal en caso de descuentos para amortizaciones de crédito

Respecto al descuento de las amortizaciones de crédito a los trabajadores, se establece que, en caso de incapacidad en los términos de la legislación de seguridad social o ausentismos, se elimina la suspensión de la obligación de pago del crédito al trabajador y se establece que el patrón es sujeto directo obligado para pagar los descuentos para amortizaciones de crédito durante tales periodos.


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