Jan 9, 2026
Por AS Consulting Group (ASCG)
Cada febrero, miles de empresas en México cumplen —o pasan por alto— una obligación que parece rutinaria, pero que tiene efectos directos y medibles en su costo laboral durante todo el año: la determinación anual de la prima de riesgo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
No se trata de un simple formulario. Se trata del porcentaje que definirá cuánto pagará la empresa por riesgos de trabajo durante los siguientes doce meses, calculado con base en los accidentes laborales y enfermedades de trabajo concluidos durante el ejercicio 2025, conforme a los artículos 74 y 75 de la Ley del Seguro Social, así como al artículo 32 del Reglamento para la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
La autoridad no deja margen a la interpretación:
Durante ese periodo, la prima se reflejará directamente en los pagos mensuales de cuotas patronales al IMSS.
Para los clientes de AS Consulting Group que cuentan con servicios de nómina y seguridad social, la presentación se realiza dentro del plazo legal y conforme a los requisitos vigentes, siempre que la información necesaria haya sido entregada oportunamente.
El cálculo correcto depende de identificar riesgos de trabajo concluidos, no simples incidencias. Por ello, el IMSS exige documentación específica, entre la que destacan:
Si la empresa no tuvo accidentes ni enfermedades laborales durante 2025, es indispensable confirmarlo expresamente, ya que la omisión también puede generar observaciones.
La autoridad es clara: no presentar la prima, hacerlo fuera de plazo o con información incorrecta puede derivar en una multa que va de 20 a 210 UMA.
Con el valor de la UMA vigente en $113.14 MXN, esto equivale a sanciones que oscilan entre:
Y ese es solo el impacto inmediato. Un error en la prima también puede implicar pagos indebidos durante todo un año, ya sea por cotizar de más o por enfrentar correcciones posteriores del IMSS
La determinación anual de la prima de riesgo no es solo un trámite administrativo. Es un termómetro de la gestión laboral y preventiva de la empresa. Una correcta revisión permite:
En ASCG entendemos que el cumplimiento no debe vivirse como urgencia de último momento, sino como parte de una estrategia ordenada de seguridad social.
Por ello, reiteramos la importancia de entregar la información antes del 31 de enero de 2026 o confirmar formalmente la inexistencia de riesgos de trabajo, para cumplir en tiempo y forma durante febrero.
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